Bea Morales
Un dato: Jon Iñaki Echaburu, constructor afiliado al PNV al que en una grabación se le escucha decir que las comisiones son algo “dentro de lo normal”, ve rebajaba su pena en el trámite del Tribunal Supremo de dos años y cinco meses a solamente cinco meses. No entrará en la cárcel. Quien tuviera que cambiar a última hora de abogados por lo peculiar de su caso, queda absuelto de participación en el cobro de comisiones que intentó el ex ‘número dos’ del PNV de Álava, Alfredo de Miguel, en el parque tecnológico de Miñano, 100.000 euros. El recaudador, en cambio, ha sido condenado a doce años, cuatro meses y 15 días, nueve de cumplimiento efectivo.
La denunciante, Ainhoa Alberdi, que compró a Echaburu la empresa
Urbanorma Consulting, una compañía que era la adjudicataria de un
contrato en Miñano, manifestó que al asumir el control total de la firma
descubrió que había letra pequeña en ese contrato público. En concreto,
destapó que su antiguo socio había pactado con su amigo De Miguel, a
quien conoció en las juventudes del PNV (EGI), el pago de una comisión
en compensación por haber logrado entrar en Miñano ‘a dedo’. Cuando la
denunciante se negó a pasar por caja fue cuando empezaron las presiones,
que incluyeron reuniones con su padre, por ejemplo.
¿Qué dice el Supremo sobre esta situación? “La conversación
mantenida por Alfredo de Miguel y Ainhoa Alberdi, en la que aquel
reclamó el pago supuestamente acordado con el recurrente [Echaburu], no
es prueba bastante de que fuera cierto lo que Alfredo de Miguel
afirmaba. La prueba practicada muestra que, durante años, Alfredo de
Miguel no se condujo con honestidad en la captación de fondos y, desde
luego, la exigencia de un pago a Ainhoa Alberdi, tanto pudo responder al
previo acuerdo con el recurrente que proclama la sentencia [de la
Audiencia de Álava, que sí vio acreditado el delito de Echaburu], como a
una farsa con la que buscara, a partir del engaño, enriquecerse a costa
de la señora Alberdi”.
Sin embargo, al tiempo, el alto tribunal da por probado que
Echaburu pasó por la caja de De Miguel por otros dos contratos en dos
pequeños municipios alaveses, Zigoitia y Lapuebla de Labarca. En aquella
ocasión se acreditó el abono a las empresas controladas por el político
del equivalente al 4% del coste total. E interpreta que la cuantía de
Miñano (100.000 euros venía a ser un tercio de la minuta, aunque el
monto total de aquella operación era variable) no casa con ese
porcentaje. “La cantidad supuestamente exigida quintuplica la comisión
que, conforme a la prueba practicada, pagó el recurrente por la
adjudicación de los contratos de Lapuebla de Labarca y Zigoitia”,
remarca el alto tribunal.
No es el único caso. El empresario Prudencio Hierro, también
próximo al partido por su participación en la reforma de la sede de
Álava y también contratista habitual de la Administración, sale del
proceso con una absolución aunque confesara en el juicio que costeó la
reforma de la segunda vivienda de De Miguel a cambio de “favores”. Y los
promotores catalanes del pelotazo urbanístico de Zambrana, la mayor de
las derivadas de este caso al estar valorado en 65 millones, confesaron
que pagaron mordidas para beneficiarse de la influencia de De Miguel y
ya quedaron exonerados en primera instancia. Estos empresarios eran de
Construcciones Riera.
Sergio Fernández Oleaga, contratista de cabecera con su estudio
de arquitectura Stoa y que definió a De Miguel como un “padrino” que la
abría puertas en la Administración, eludirá en principio la cárcel ya
que su pena es igualmente inferior a dos años, de un año y seis meses.
Eso sí, Echaburu afrontará una multa económica de 53.600 euros y
Fernández Oleaga de 3.586 euros.
Es conocido que la empresa principal de la trama era Kataia
Consulting. La montaron tres dirigentes del PNV alavés, De Miguel y sus
colegas Koldo Ochandiano y Aitor Tellería. Era una tapadera para
blanquear las comisiones. Estaba a nombre de las esposas del trío. Sin
embargo, la de Tellería ha quedado fuera de las condenas. Araceli Bajo,
ya desde primera instancia, quedó al margen mientras que de Ainhoa
Bilbao, pareja de De Miguel, e Iratxe Gaztelu-Urrutia, había pruebas de
que participaron de los hechos delictivos. La primera, por ejemplo,
viajó con cargo al dinero ilícito. La segunda llegó a hacer entregas con
hasta 60 billetes de 500 euros. Sus penas finales son también
inferiores a dos años, lo que les evitará probablemente el cumplimiento
efectivo.
La absolución de Julián Sánchez Alegría
La sentencia definitiva del Supremo también ajusta las penas en lo tocante al contrato irregular que dio origen a la trama, el de Miñano. Allí, De Miguel hizo valer su influencia para que se le diera un contrato a la empresa a la que quería cobrar una comisión. El gerente que le abrió la puerta era Alfonso Arriola, compañero de partido. En primera instancia ya evitó la cárcel y ahora ve rebajada en parte su condena de inhabilitación hasta dejarla en cuatro años, aunque ya no ejerce ningún cargo. En el caso de su superior, el presidente de la red de parques tecnológicos de Euskadi, Julián Sánchez Alegría, se le elimina toda la condena, también la inhabilitación. Su delito era la prevaricación, que implica actuaciones ilícitas a sabiendas de que lo son. “No hay ninguna evidencia de que el recurrente conociera el beneficio que podía obtener Alfredo de Miguel o de que con su actuación buscara satisfacer el interés personal de Alfredo de Miguel porque Urbanorma [Consulting] resultara contratada”, afirma el Supremo sobre este caso particular.
Fuente:
penas-minimas-empresarios-corruptores_1_9854374.html
Bea Morales