Noelia Díaz: una candidata que busca convertir el hartazgo en acción

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* Por Lida Duarte

 

Periodista, feminista y asuncena de cuna, la candidata a concejala por la Lista 3 Unidos por Asunción, Noelia Díaz Esquivel, recorre los barrios de la capital con una mirada que combina su experiencia como comunicadora, su militancia en defensa de los derechos humanos y el vínculo que tiene con una ciudad que busca recomponerse de la desidia.

“Me caigo en los mismos baches que se caen todas las asuncenas y asuncenos, me tropiezo con la misma basura”, resume con una franqueza que refleja el hartazgo que encuentra durante sus recorridos.

Pero detrás de la crítica a una ciudad que conoce de cerca hay también una mujer que se resiste a la resignación. Noelia encara su candidatura con la energía desbordante que la caracteriza y con la convicción de que los cambios empiezan cuando la ciudadanía decide involucrarse. Quienes comparten su recorrido destacan su sensibilidad frente a las causas sociales y su disposición incondicional a tender la mano a quien la necesita.

Su activismo la llevó a acompañar reclamos por justicia en casos emblemáticos de violencia sexual, entre ellos el proceso que culminó con la condena del exgerente de Canal 9, Carlos Granada. Para Noelia, la defensa de los derechos no es una bandera circunstancial de campaña, sino una parte de su recorrido personal y profesional.

Periodista y especialista en Políticas Sociales, cuenta además con un diplomado en Diseño y Evaluación de Proyectos Sociales. Su experiencia gremial incluye haber ejercido la Secretaría General del Sindicato de Periodistas del Paraguay y actualmente forma parte de la organización feminista  Emancipa Paraguay.

Ese recorrido explica, en parte, el enfoque que plantea para Asunción: una ciudad en la que las necesidades de los barrios no pueden quedar subordinadas a las disputas políticas ni a una administración.

Sin embargo, para la activista feminista y comunicadora, el enojo no basta. Su decisión de postularse a la Junta Municipal por la alianza Unidos por Asunción (Lista 3) responde a la convicción de que la indignación debe transformarse en acción política y en un voto de cambio real. En el centro de su propuesta convergen las banderas de la transparencia real en el manejo de los recursos públicos y la garantía de derechos de las ciudadanas y ciudadanos.

 

La transparencia como bandera

Para Noelia, referirse al control y la fiscalización en la Municipalidad no es una discusión de balances fríos o formularios administrativos. Es la base indispensable para que una ciudad funcione.

“Si vos controlás y cuidás la plata del contribuyente, vas a tener dinero para mejores servicios y obras. Si se pasan comiendo la plata, claramente nada alcanza”, afirma tajante.

El diagnóstico que realiza sobre la gestión comunal saliente es severo. Señala la complicidad de una mayoría en la Junta Municipal que se dedicó a acompañar y transparentar ejecuciones presupuestarias plagadas de inconsistencias, como la falta de explicación sobre el destino de más de G. 500.000 millones en bonos que debieron traducirse en obras que nunca se concluyeron.

Frente a esta realidad, su compromiso es asumir de manera estricta el rol que la Carta Orgánica Municipal asigna a concejales y concejalas: auditar, supervisar y ser un puente real entre la ciudadanía y el Ejecutivo municipal.

También en el ámbito de la transparencia, Noelia lideró reclamos dirigidos al Gobierno Central sobre el cuestionado título universitario del concejal colorado Nasser Esgaib, quien busca su reelección. Sin embargo, hasta el momento no recibió respuestas concretas.

En el aspecto recaudatorio, considera inviable exigir mayor esfuerzo económico al contribuyente en una ciudad deteriorada y apunta como prioridad ordenar la casa, cortar los desvíos y demostrar gestión antes que subir impuestos y aplicar el fallido estacionamiento tarifado.

 

Derechos de las mujeres

Su experiencia en la defensa de derechos humanos también se refleja en sus propuestas para las mujeres. Para Noelia, no se puede hablar de erradicar la violencia de género si primero no se garantiza la independencia económica.

En ese sentido, propone reactivar los Centros Municipales de Asunción, que, según denuncia, sufren un abandono crítico. Algunos incluso están cerrados por falta de pago de servicios básicos como agua y luz.

“La independencia económica de las mujeres es el pilar para prevenir la violencia. Con voluntad política, optimizando el personal que ya existe y sumando creatividad, los Centros Municipales pueden volver a ser lugares de protección y oportunidad”, explica.

Su propuesta contempla cursos de formación laboral con horarios adaptados a la realidad de las mujeres, ferias comunitarias para comercializar productos locales, guarderías en mercados municipales y centros de día para personas adultas mayores.

También plantea fortalecer el asesoramiento legal y la contención profesional para víctimas de violencia intrafamiliar, así como mecanismos de protección de la niñez. A esto suma brigadas municipales para reponer luminarias y atender reclamos en calles consideradas peligrosas.

 

Una alianza histórica para devolver la esperanza a Asunción

La postulación de Noelia Díaz forma parte de la Lista 3 (Unidos por Asunción), un frente electoral inédito que aglutina a 15 partidos y movimientos de la oposición. Se trata de una construcción plural.

La candidata subraya que la lista está integrada por perfiles con trayectoria en las luchas sociales, el derecho, la defensa de la ciudad y el activismo juvenil; profesionales y dirigentes que, según sostiene, no responden a las cúpulas ni a los grupos de poder que han administrado la capital.

Para Noelia, recorrer los barrios también significa escuchar. En sus caminatas por la ciudad encuentra reclamos por calles deterioradas, basura, falta de iluminación, servicios deficientes y espacios municipales abandonados. Pero, al mismo tiempo, dice encontrar personas que todavía esperan que Asunción pueda recuperar su calidad de vida.

Esa mirada explica el tono con el que encara su candidatura: crítico frente a lo que considera una gestión deficiente, pero lejos de la resignación.

“Asunción está agonizando, pero no está muerta porque la sostenemos los ciudadanos y las ciudadanas todos los días. Si algo no funciona, se cambia. Es hora de dejar la queja, usar el poder del voto y construir una Junta Municipal que verdaderamente defienda a la gente”, señala.

Entre recorridos, reuniones y conversaciones con vecinos, Noelia intenta llevar esa idea a la campaña: que la política municipal vuelva a mirar a las personas que todos los días sostienen la ciudad. Una apuesta que, para esta periodista, feminista y militante de derechos humanos, parte de una premisa sencilla: el hartazgo puede ser el punto de partida, pero no puede convertirse en resignación.


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Carta abierta a Santiago Vargas y a todos los y las defensoras del “derecho” a la gestación subrogada

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Estimado Santiago, me tomé un tiempo para leer tu columna en El Espectador y tengo varios argumentos en contra de aquello a lo que falsamente llamas derecho a la gestación subrogada. Tengo que decirte que me sorprende la ligereza con la que te refieres a un asunto tan complejo que atraviesa de múltiples formas a centenares de mujeres en Colombia y miles en el mundo. Supongo que tal inconsciencia viene no solo de que nunca vas a atravesar por un embarazo y un parto, sino de que, por lo que parece, te preocupaste muy poco por buscar de qué se trata todo este asunto.

 

Ahora hablemos de lo que realmente nos compete. Pienso que esta respuesta fácilmente podría ser mucho más extensa, pero solo me referiré a un par de asuntos en los que cometes no solo imprecisiones, sino que defiendes una posición altamente perjudicial para las mujeres.

 

Primero, no existe un derecho a la gestación subrogada.  Que una actividad se realice a través de contratos civiles y que no sea declarada como ilegal por vacíos en la normatividad no la convierte en un derecho. Hay diversas teorías sobre “cómo nace un derecho” o qué criterios lo conforman. Lo cierto es que un derecho puede surgir de la combinación de diferentes elementos, como que sea un presupuesto indispensable para garantizar la dignidad humana, como, por ejemplo, la salud; que exista un reconocimiento jurídico, es decir, que la Constitución, las leyes o la jurisprudencia lo reconozcan y que, en esa medida, se derive una exigibilidad; esto implica que el Estado lo deba garantizar. La gestación subrogada definitivamente no cumple con ninguno de los criterios antes mencionados y, por lo tanto, no es un derecho.

 

Segundo, mencionas la libertad como el principio que rige la gestación subrogada, es decir, que si una mujer decide alquilar su vientre, no debería tener ningún impedimento para ello, menos si no le causa un daño a un tercero. De hecho, curiosamente citas tanto a John Stuart Mill como a Marx para apoyar tu argumento. En el capitalismo ninguna decisión que tomamos que esté mediada por el dinero es verdaderamente libre; en eso compartimos visiones.

 

Sin embargo, para ti no es un dilema que exista un pago; de hecho, mencionas que hay trabajos que casi nadie haría si no estuvieran mediados por el dinero. Y por lo tanto el Estado no puede intervenir en cómo alguien decide salir de su vulnerabilidad. No obstante, esos trabajos (que no mencionas en concreto, pero puedo pensar en aseo general, técnico de redes cloacales, embalsamador, operario de matadero) no afectan un derecho fundamental como lo es la dignidad humana y no es por la falsa relación que haces con que existe un “tabú relacionado con la sexualidad” es porque, a diferencia de esos trabajos, la gestación subrogada cosifica a las mujeres y las reduce a simples productoras o reproductoras y a los hijos e hijas como simples objetos que pueden ser comprados y vendidos. Entonces no, aunque medie “un consentimiento”, hay derechos que son irrenunciables y, por lo tanto, el Estado debe garantizarlos así las mujeres, en este caso, estén dispuestas a cederlos a costa de algunos pesos.

 

Además, la libertad a la que te refieres solo operaría para la primera elección que esa mujer tuvo al alquilar su vientre. Sin embargo, ¿qué pasa con la libertad de esas mujeres si no quieren continuar con ese embarazo por las implicaciones físicas y psicológicas que tiene? ¿O si, al contrario, es la familia que realizó el contrato con ella la que decidió que ya no quiere a ese bebé? ¿Su “elección” inicial pierde legitimidad ante estas decisiones posteriores? ¿Qué opción prevalece?

 

Tercero, el argumento de que la prohibición no impedirá que esta actividad se traslade al mercado negro es débil. Por supuesto que una norma restrictiva no va a impedir que la actividad desaparezca, pero no por eso el Estado debe permitirla. Las prohibiciones hacen parte de las políticas públicas que puede tomar un Estado para desincentivar una práctica y estas deben ir acompañadas de otras que prevengan y eduquen, sin mencionar aquellas que busquen garantizar un sustento mínimo y digno que evite que las mujeres tengan que recurrir a estas prácticas.

 

Sin lugar a dudas, este va a seguir siendo un tema de debate en Colombia, porque atraviesa a las mujeres en esferas muy íntimas, sin mencionar que está profundamente ligado a visiones coloniales y otras desigualdades estructurales que habitamos desde esta parte del hemisferio. No comparto en absoluto tu artículo, pero esta ha sido una maravillosa oportunidad para cuestionar y debatir sobre la gestación subrogada, término que, por último, prefiero llamar por lo que es: explotación reproductiva de las mujeres.

 

Saludos,

Ángela Cruz

 

 


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El mercado del altruismo: las zonas grises en la donación de óvulos en Colombia

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Por: Laura Inés Pinzón Martínez*

 

La donación de óvulos es un procedimiento de reproducción asistida que tiene como objetivo llevar a cabo embarazos por medio de Fertilización In Vitro (FIV), para parejas que, por diferentes condiciones de salud como disminución de la reserva o calidad ovárica, falla ovárica precoz o menopausia, entre otras; no pueden lograr un embarazo de manera convencional.  

 

Las técnicas de reproducción asistida en Colombia no están debidamente reguladas, por lo que se acogen mínimamente a lo establecido en diferentes leyes y sentencias de la Corte Constitucional. En Colombia la venta, o tráfico, de componentes anatómicos, cómo órganos, sangre, médula ósea u óvulos está prohibida por la Ley 73 de 1988, con agravantes en términos penales desde la Ley 919 de 2004. Estas leyes fueron parcialmente reglamentadas por el Decreto 2493 de 2004. La ley prohíbe cualquier tipo de compensación por órganos, tejidos o fluidos corporales;  por lo tanto, los ovocitos deben ser donados y entregados gratuitamente y con carácter voluntario. 

 

A falta de una regulación propia de las técnicas de reproducción asistida y ante un aumento de demanda de tratamientos relacionados con la fertilidad, Colombia se ha posicionado como un destino de turismo médico y reproductivo al poseer, no solamente las instituciones que ofertan los servicios, sino la facilidad en términos legales para el ejercicio de muchas de estas prácticas que en otros países han sido estrictamente reguladas. Entonces, la donación de óvulos cobra una enorme importancia y se vuelve un procedimiento fundamental para llevar a cabo los tratamientos ofertados. 

 

La realidad en Colombia es que, para poder cumplir con la demanda de tratamientos de reproducción asistida, la donación de óvulos se realiza bajo una modalidad altruista con compensación económica. Solo de esta manera se puede garantizar la disponibilidad de óvulos requerida. ¿Si en Colombia está prohibida la comercialización de componentes anatómicos, cómo se manejan estas compensaciones? 

 

De la necesidad material a los criterios de selección eugenésica 

 

Una familiar me comentó que había realizado donación de óvulos y que, a cambio, recibió un determinado monto de dinero que le había sido útil para costear sus gastos durante sus estudios. Frente a las dificultades económicas y sin la posibilidad de acceder a un trabajo estable, decidí también donar óvulos; así podría costear mis gastos como universitaria foránea en Bogotá. 

 

“Donación de Óvulos”, es el nombre que recibe la práctica en la cual, en su mayoría, jóvenes con necesidades económicas se someten a un tratamiento hormonal de maduración de múltiples ovocitos para que posteriormente, bajo sedación, se les realice la extracción de ovocitos por medio de punción ovárica, a cambio de una suma de dinero cercana a 2 SMLVM del 2021.

 

Los requisitos que establecen las clínicas reproductivas son: tener entre 18 y 30 años, se deben enviar fotografías de cara y cuerpo completo por medio de correo electrónico y luego esperar a ser contactadas y citadas por dicha institución. El requisito de las fotografías  está motivado por una selección de donantes pensando en la mayor similitud posible con la mujer que será la receptora de los óvulos; aunque, con frecuencia quienes pagan por la FIV, solicitan que la selección está basada en una serie de rasgos físicos, como si de un catálogo se tratara. Que haya una preferencia de rasgos en la selección de donantes, en un contexto que debería ser altruista, nos habla de una práctica de eugenesia comercial,

 

Después de la valoración psicológica, se procede un examen ginecológico, el cual se realiza por medio de una ecografía transvaginal, y se determina si la cantidad de ovocitos en los ovarios podría garantizar numerosos intentos de FIV en caso de requerirse. Después de haber aprobado este requisito (cantidad mínima de ovocitos en cada ovario), se realiza el examen de cariotipo para determinar alteraciones cromosómicas; es decir, para verificar si en la estructura genética de la donante existen anomalías asociadas a la aparición de condiciones físicas o cognitivas como el síndrome de Down. Con estos exámenes dentro de los parámetros normales, se procede a la estimulación ovárica. 

 

Durante aproximadamente 10 días se debe realizar la aplicación vía subcutánea de hormona folículo estimulante (FSH), una hormona que estimula la maduración de ovocitos naturalmente y que también se encuentra como medicamento, frecuentemente en presentación de jeringa precargada, con diferentes dosis y con distintos nombres comerciales. 

 

Este tratamiento es muy importante, si no se realiza adecuadamente los ovocitos podrían no estar en óptimas condiciones para la FIV. El equipo médico reitera el cumplimiento de las pautas del tratamiento. Como incentivo, insisten en que los buenos resultados permitirán la repetición de la donación hasta por seis veces (6 ciclos), con la compensación económica correspondiente. 

 

El malabarismo jurídico del auxilio de transporte y los riesgos de salud

 

Después de finalizar el tratamiento hormonal, se esperan un par de días antes de realizar la extracción de óvulos, días en los que hay dolor, cuesta dormir y emocionalmente hay muchas fluctuaciones, pues la carga hormonal es alta y el vientre está inflamado y pesado.  El día del procedimiento se llega en ayunas a la clínica, se firma un consentimiento y un contrato. 

 

En el contrato se explicita que la donación es un acto altruista y no tiene carácter lucrativo; al mismo tiempo, presenta un apartado de compensación, que estipula que la institución realizará una compensación por gastos de desplazamiento y ausencias laborales sin que quepa ningún otro tipo de retribución. No menciona el valor de la compensación. Sin embargo, la compensación económica por donación no es más que un eufemismo de la venta de óvulos, pues el monto recibido dos semanas después de la donación, era por mucho superior a los gastos que podrían acarrear transporte y ausencias laborales.

 

El contrato menciona los riesgos asociados a la estimulación ovárica y otros inherentes al proceso de sedación y obtención de los óvulos por punción ovárica. Menciona que durante el proceso de donación se mantendrán vigilantes y velarán por el bienestar de la donante. Sin embargo, no se mencionan qué efectos podrían tener a mediano o largo plazo en la salud menstrual e integral y cómo acompañarán estos procesos de salud, teniendo en cuenta que después de una estimulación ovárica con cargas hormonales tan altas, inevitablemente se generan cambios en el ciclo hormonal, menstrual y ovulatorio.  

 

Altruismo o insumo de un mercado multimillonario

 

Las jóvenes que se someten a la donación de óvulos obtienen una compensación económica que es abismalmente menor a las ganancias que obtiene la clínica reproductiva. Una FIV con óvulo propio tiene un costo de entre 20 millones y 30 millones de pesos, si se realiza la FIV con óvulo donado el precio fácilmente aumenta otros 20 millones de pesos.


Se supone que este costo elevado se justifica por los gastos que acarrea la ovodonación y la sincronización de la receptora; sin embargo, como se mencionó antes, con el óvulo donado, frecuentemente también se accede a un catálogo de rasgos físicos y perfiles con formación académica o talentos particulares. Adicionalmente, de una ovodonación pueden destinarse óvulos a distintas parejas, es decir, por una compensación económica que recibe la donante de 2 SMLVM pueden estar realizando más de una FIV, lo cual multiplica las ganancias de la clínica. 


A pesar de que en el contrato también se menciona que el propósito de los óvulos es donarlos a parejas o mujeres con problemas de fertilidad que realmente los requieren, es conocido también que en Colombia se llevan a cabo procesos de gestación subrogada (con y sin óvulo donado), que en muchos casos no están motivados por condiciones de infertilidad y que se realizan mayoritariamente bajo la modalidad comercial transnacional. 

 

La zona gris en la donación de óvulos

 

La donación de óvulos en Colombia está lejos de ser una práctica altruista, voluntaria y sin ánimo de lucro. No solamente no está mediada por unos requisitos mínimos que garanticen el altruismo, sino que igual que todas las técnicas de reproducción asistida, carece de una regulación que defina las limitaciones de la práctica a nivel nacional y como actividad económica transnacional. 

 

Pone en cuestión los intereses detrás de la donación de óvulos y las condiciones de desigualdad en las que se realiza la donación, pues la motivación de las donantes no es el altruismo, sino la compensación económica que puede suplir necesidades básicas, mientras las personas que acceden a la FIV son aquellas que tienen la capacidad económica para costear los altos costos de estos procedimientos.  

 

Las clínicas reproductivas no tienen obligación de realizar seguimiento a mediano o largo plazo a las donantes, y tampoco deben reportar los procedimientos realizados a ninguna entidad, solo las mismas clínicas tienen registro de los procedimientos realizados. No hay una forma de verificar si una mujer ha realizado donación de óvulos en distintas clínicas y si ha realizado un número de donaciones superiores al recomendado, tampoco se tienen en cuenta las implicaciones éticas y de salud física y psicoemocional que puede acarrear realizar repetidamente la estimulación ovárica. 

 

El Estado y la garantía de derechos

 

Desmontar el mito del altruismo reproductivo es un imperativo de género y salud pública. Un óvulo no es un tejido o un elemento aislado que puede lograrse en un laboratorio; es el resultado de un proceso fisiológico integral que está comprometido por la soberanía corporal de las mujeres, en su mayoría jóvenes empujadas por la precariedad económica y la vulnerabilidad. 

 

El Estado colombiano no debe permitir que un mercado eugenésico disfrace con eufemismos la compraventa de gametos como si fueran viáticos de transporte. Se trata de la necesidad de legislar para garantizar derechos sexuales y reproductivos, la autonomía y la soberanía corporal y no menos importante, regular un mercado multimillonario que se lucra de la necesidad de las mujeres y que podría estar incurriendo, incluso, en la vulneración de derechos humanos.

 

*Enfermera de la Universidad Nacional de Colombia y estudiante de la Maestría en Salud Sexual y Reproductiva de la Universidad El Bosque.


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¿Seguridad para quién? Las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar tenemos algo que decir sobre el porte de armas

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*Por: Ana María Portilla


En todo el discurso que rodea al Decreto 1368 de porte de armas, las mujeres no aparecemos. Ni como argumento, ni como dato, ni como pregunta. El presidente habla de ciudadanos de bien, de delincuentes armados, de seguridad. No habla de las mujeres que el propio Estado tiene identificadas como personas en riesgo de ser asesinadas por sus parejas. No habla de lo que significa para una mujer que huye de un agresor ni de que ese agresor pueda circular armado legalmente. Nosotras sí vamos a hablar de eso.

 

Qué dice el decreto y qué no dice

 

El 8 de septiembre de 2026, Abelardo de la Espriella firmó el Decreto 1368 levantando la suspensión general del porte de armas que había estado vigente desde 2016. Lo hizo en video, mirando a la cámara, con una frase que resume todo su argumento: “ya era hora de devolverles la posibilidad a nuestros ciudadanos de bien de que se puedan defender”.

 

Para entender qué cambió exactamente, hay que separar dos cosas, la tenencia y el porte de armas. El permiso de tenencia que autoriza tener el arma en un lugar fijo, como la casa o el negocio, nunca estuvo suspendido y el Decreto 1368 no lo toca. 

 

El permiso de porte, que autoriza llevar el arma consigo, sí quedó cubierto en 2016 por una suspensión general: el permiso seguía existiendo en el papel, pero por suspensión no servía. Y para que volviera a tener efecto, su titular debía tramitar además una autorización excepcional para sólo casos extremadamente puntuales adicionales. Lo que hace este nuevo decreto es levantar esa suspensión general. Por eso ahora, quien ya tenía su permiso de porte vigente, puede volver a salir con el arma, sin ese paso excepcional que antes se lo impedía. 

 

Lo que el decreto no hace es crear porte libre. No elimina requisitos, no crea nuevos permisos, no autoriza a cualquier persona a armarse. La promesa de campaña era más grande que lo que esta firma concreta modifica. Pero eso no lo dice el presidente.

 

 “A los delincuentes también les entra el plomo”

 

Este decreto no apareció de la nada. Abelardo de la Espriella ha defendido el porte legal de armas por años y convirtió esa idea en una promesa de campaña. Su discurso parte de una idea que ha ganado fuerza entre sectores de la derecha radical en distintos países: si el Estado no logra proteger a la población de los delincuentes, los “ciudadanos de bien” deberían tener más herramientas para defenderse por su propia cuenta. En Colombia, Abelardo lo ha dicho de forma particularmente explícita: “a los delincuentes también les entra el plomo”.

 

No sabemos si esto es todo lo que va a hacer o es la primera pavimentada hacia algo peor. Lo que sí sabemos es que lo vende como cumplimiento de una promesa mucho más grande. Es el mismo truco del muro de Trump: el gesto existe para alimentar la sensación de que se cumplió, aunque la realidad sea mucho más pequeña de lo prometido. Y en cualquier caso, sea gesto o primera pavimentada, el Gobierno no está preocupado por qué significa esta decisión para las mujeres. 

 

 

Para Abelardo el peligro siempre está afuera de las casas

 

El argumento del Gobierno es que, si los criminales ya tienen armas ilegales, ¿por qué los ciudadanos que cumplen la ley no deberían poder tener armas legales para defenderse? 

 

El problema con este argumento es que parte de la idea de que los agresores son delincuentes en la calle y que quienes deben defenderse se los encuentran fuera de sus casas. Para muchas mujeres en Colombia, esa no es la historia. El informe *Femicides in 2024* de la ONU estima que alrededor de 50.000 mujeres y niñas fueron asesinadas por sus parejas íntimas u otros familiares durante 2024. Eso representa el 60 % de todas las mujeres asesinadas intencionalmente ese año. Para los hombres, la proporción de homicidios cometidos por parejas o familiares fue del 11%.

 

El discurso presidencial asume que el peligro siempre está afuera, encarnado en el “bandido” que un ciudadano puede encontrarse en la calle. Pero la violencia contra las mujeres muestra un escenario distinto. El agresor muchas veces no llega a la vida de una mujer identificadose previamente como delincuente. Puede ser su pareja, su expareja, un familiar o alguien sin antecedentes conocidos de violencia de género.

 

La propia evidencia de Bogotá muestra esa diferencia: en el 26 % de los feminicidios analizados entre 2023 y 2024, el presunto agresor tenía antecedentes de violencia de género, mientras que en el 49 % se identificaron múltiples formas de violencia previa. Es decir, la ausencia de antecedentes conocidos no significa necesariamente ausencia de violencia. Una parte importante de estas agresiones ocurre en relaciones privadas, puede comenzar y escalar dentro de ellas y no necesariamente llega antes al conocimiento de las autoridades.

 

Ese es precisamente el problema de trasladar sin más la lógica de la seguridad frente al delincuente externo al ámbito de la violencia contra las mujeres. Para las víctimas, el riesgo no proviene de alguien que aparece de repente en la calle, sino de una persona que ya forma parte de su vida y conoce sus rutinas, sus horarios, dónde trabajan, dónde viven y quiénes son sus familiares. Y si esa persona obtiene acceso a un arma de fuego, la misma herramienta que el discurso oficial presenta como mecanismo de defensa puede convertirse en un instrumento de control y violencia dentro del hogar.

 

Esto tampoco es solamente una preocupación teórica

 

Cuando los estados de Estados Unidos con más de 40 disposiciones restrictivas sobre armas se comparan con los que tienen menos, la tasa de homicidio de mujeres a manos de sus parejas es 56 % menor. Y cuando se analiza específicamente qué ocurre al restringir el acceso a armas de personas sujetas a órdenes de protección por violencia doméstica, los homicidios de mujeres a manos de sus parejas disminuyen un 7 %.

 

Estos estudios no dicen que “un arma cause un feminicidio”. Pero dicen algo mucho más incómodo para quienes defienden el Decreto 1368: que cuando existe violencia de pareja, el acceso a armas por parte de quien agrede aparece consistentemente como determinante de la letalidad de esa violencia.

 

El argumento del presidente cabe en una frase que él mismo usó al firmar el decreto: “ya era hora de devolverles la posibilidad a nuestros ciudadanos de bien de que se puedan defender”. Buenos contra malos. “Gente de bien” contra criminales. Una narrativa tan simple que no necesita datos, y por eso no los presenta: la única cifra que ofrece, que el 99,9 % de los delitos se cometen con armas ilegales (dato desmentido por Colombia Check cuando lo dijo por primera vez Maria Fernanda Cabal) es lanzada sin fuente, sin metodología, sin nada que la respalde. 

 

Lo que sí es verificable es que Santos suspendió durante su mandato el porte precisamente porque los estudios mostraban que llevar un arma aumentaba la disposición a usarla. Tan fuerte fue la evidencia que Duque y Petro, con todas sus diferencias, mantuvieron esa restricción. Y también es verificable que Colombia terminó 2025 con 14.780 homicidios, el año más violento de la última década. En ese contexto, De la Espriella decide que la respuesta al mayor número de homicidios es más armas en la calle.

 

En todo ese discurso, las mujeres no aparecemos. Ni una vez.

 

El decreto habla de una persona genérica que puede defenderse mejor si lleva un arma. Pero esa persona genérica no existe. Existe un hombre que amenazó a su expareja el año pasado y que ahora, legalmente, puede cargar un arma en la calle. Existe una mujer que está intentando salir de una relación abusiva mientras su agresor tiene acceso facilitado a armamento. Existe una política pública que amplía ese acceso sin preguntarse a quiénes beneficia y a quiénes expone. Y eso no es una omisión accidental. Es una decisión política que tiene consecuencias reales.

 

Hay otro punto que vale la pena subrayar: muchas de las armas que se usan en violencia de pareja no vienen de afuera. Ya estaban adentro. La pregunta sobre si flexibilizar el acceso hace a las mujeres más seguras no puede responderse mirando únicamente el espacio público. Tiene que mirar también lo que ocurre en las casas. Y allí, la evidencia no apoya la narrativa de la autodefensa universal.

 

Colombia tiene evidencia propia

 

En 2000, Andrés Villaveces y un equipo de investigadores publicaron en JAMA el estudio Effect of a Ban on Carrying Firearms on Homicide Rates in 2 Colombian Cities. Analizaron las restricciones temporales al porte de armas implementadas en Cali entre 1993 y 1994 y en Bogotá entre 1995 y agosto de 1997. Durante los períodos en los que estaba vigente la prohibición, la incidencia de homicidios fue menor: el estudio encontró una reducción asociada del 14 % en Cali y del 13 % en Bogotá.

 

Pero tenemos algo todavía más interesante. En 2020, Andrés I. Vecino-Ortiz y Deivis N. Guzmán-Tordecilla publicaron en el Bulletin of the World Health Organization el estudio Gun-carrying restrictions and gun-related mortality, Colombia. Los investigadores estudiaron qué ocurrió después de que Bogotá y Medellín establecieran restricciones permanentes al porte de armas en 2012, comparándolas con otras siete ciudades colombianas de más de 500.000 habitantes que no tenían la misma restricción.

 

El resultado fue una reducción del 22,3 % en la mortalidad mensual relacionada con armas de fuego. Los investigadores también separaron los resultados por sexo y por lugar: la reducción fue de 22,4 % en espacios públicos y de 18,3 % en residencias. Para las mujeres, el estudio encontró una reducción de 6,3 % en muertes relacionadas con armas en espacios residenciales.

 

En Colombia existe evidencia de que restringir el porte de armas reduce la mortalidad relacionada con armas de fuego de mujeres en espacios privados. Eso debería formar parte de la discusión cuando un Gobierno decide levantar una restricción de este tipo. 

 

La fantasía del héroe armado

 

Todo lo que sabemos sobre armas en el hogar, sobre violencia de pareja, sobre los propios datos colombianos, apunta en una sola dirección: el camino es reducir el acceso a las armas, no ampliarlo. Esa es la conclusión que se sigue de la evidencia. Y es exactamente lo contrario de lo que este decreto hace.

 

El discurso que lo acompaña es populista. El presidente se las da de guardián de la seguridad, de hombre que protege a los ciudadanos de verdad mientras el Estado fallido no puede. Pero ese personaje viene de una fantasía muy específica: la del héroe armado que identifica al malo, saca el arma y gana. Buenos contra malos. Claro, simple, machista.

 

En la vida real el arma que supuestamente protege a la familia es la misma que la pone en peligro cuando hay violencia. La fantasía del héroe armado no describe el mundo en el que viven las mujeres. Describe el mundo en el que a ciertos hombres les gustaría vivir.

 

Un presidente que genuinamente quisiera proteger a las mujeres no flexibilizaría el acceso a las armas: haría exactamente lo contrario. A quien este decreto protege no es a las mujeres. Es una narrativa electoral construida sobre una ficción machista.

 

Que esto no sea un paso hacia la restricción sino hacia la laxitud no es un alivio. Es una señal. O el Gobierno le miente a su electorado sobre lo que significa la seguridad, o esto es el comienzo de algo peor. Ninguna de las dos opciones es tranquilizadora.

 

Y en cualquier caso, como siempre, se decide a espaldas de las mujeres. Sin preguntarles, sin citarlas, sin ver las estadísticas sobre ellas. Sin tomarlas en serio como sujetos políticos que tienen algo que decir sobre las condiciones en las que viven y mueren.


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Ley 5777 de Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia

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5.777, no es un número cualquiera.
Es la ley que por primera vez en Paraguay le puso nombre a las violencias y al feminicidio.

Sin esta ley, retrocedemos. Con ella seguimos defendiendo vidas libres de miedo y violencias.

La 5777 no se toca. 💜✊

#Ley5777 #Luchafeminista #bastadefeminicidios #emancipaparaguay

Guión y conducción: @noediazesqui
Grabación y producción: @jazenlaluna
Edición y post producción: @coraltles

“Esta actividad ha sido cofinanciada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y financiada por la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva de Emancipa Paraguay y no necesariamente refleja los puntos de vista de la AECID y la Unión Europea”


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